viernes, 11 de enero de 2008

ACTUALIDAD: Particulares no podrán prestar más el servicio de transporte escolar

La Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín recuerda a los padres de familia y a los directivos docentes de las instituciones educativas de la ciudad que, a partir del presente año, está prohibida la prestación del servicio de transporte escolar en vehículos particulares, medida que fue adoptada por el Ministerio de Transporte desde el mes de febrero del año 2001, mediante Decreto 174, por medio del cual reglamentó el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial y en donde aclaraba que los permisos emitidos hasta el año 2007 eran de carácter transitorio.

En el artículo 54 de este Decreto, se aclaraba que las personas naturales o las asociaciones de padres de familia que conforme a lo dispuesto por los decretos 1449 de 1990 y 1556 de agosto 4 de 1998, destinaron sus vehículos de servicio particular al transporte escolar, sólo podrían continuar prestando dicho servicio hasta el 31 de diciembre del año 2007, siempre que hubieran sido autorizados por la autoridad competente.

En consecuencia, a partir del año 2008, el transporte escolar deberá contratarse con empresas habilitadas para prestar el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial o por intermedio de las instituciones educativas respectivas, acogiendo todas las disposiciones dadas por Mintransporte para tal efecto:

·         Las empresas que presten este servicio de transporte escolar deberán estar legalmente constituidas y debidamente habilitadas y tendrán que suscribir contrato escrito con el grupo específico de usuarios.

·         El conductor siempre deberá portar copia del contrato y el original de la tarjeta de operación.

·         La empresa dispondrá siempre de un sistema de comunicación bidireccional con cada uno de sus vehículos.

·         Los vehículos tendrán como distintivos los colores verde y/o blanco distribuidos a lo largo y ancho de la carrocería.

·         Con el fin de garantizar la protección de los estudiantes, durante todo el recorrido en la prestación del servicio de transporte, los vehículos dedicados a este servicio deberán llevar un adulto en representación de la entidad docente. 

Fuente: Alcaldía de Medellín.

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